jueves, septiembre 24, 2015

AMPLIACIÓN PLAZO PARA PRESENTACIÓN ANEXOS TRANSACCIONALES SIMPLIFICADOS

El Servicio de Rentas Internas mediante Resolución NAC-DGERCGC15-00000697 publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 586 del 14 de septiembre del 2015 modificó la Disposición Transitoria Quinta de la Resolución NAC-DGERCGC12-00001 ampliando el plazo para la presentación de los Anexos Transaccionales Simplificados (ATS) de acuerdo al siguiente calendario:

viernes, septiembre 04, 2015

NUEVO FORMATO DE ANEXO TRANSACCIONAL SIMPLIFICADO (ATS)

El Servicio de Rentas Internas (SRI) actualizó el Anexo Transaccional Simplificado (ATS) para que los contribuyentes presenten la información de sus transacciones efectuadas a partir de marzo de 2015.
Debido a los cambios generados por la Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal publicada el 29 de diciembre 2014, se incorporó en el Anexo Transaccional Simplificado la retención de Impuesto al Valor Agregado del 10% y 20% que se realiza en adquisiciones y pagos efectuados a contribuyentes especiales, como por ejemplo: en la adquisición de bienes gravados con 12% entre contribuyentes especiales se retiene el 10%, en la adquisición de servicios y derechos gravados con 12% entre contribuyentes especiales se retiene el 20%.
Adicionalmente, se incorporaron códigos de retención de Impuesto a la Renta, se actualizó el módulo para informar sobre exportaciones, se modificó el registro para las actividades bananeras de acuerdo a la estructura de la calculadora que se encuentra en la página web institucional, entre otros.
Este anexo deben presentarlo los contribuyentes especiales, las entidades del sector público, los sujetos pasivos que imprimen comprobantes de venta en sistemas computarizados, los que soliciten la devolución del Impuesto al Valor Agregado (excepto personas con discapacidad, personas de la tercera edad y organismos diplomáticos), quienes tengan autorización de emisión electrónica de comprobantes de venta, las sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad; y, los contribuyentes no obligados a llevar contabilidad, cuyos ingresos brutos anuales superen el doble de los montos establecidos para llevar contabilidad.
Según la resolución NAC-DGERCGC15-00000458, los contribuyentes deben informar sobre sus compras, retenciones, ventas, exportaciones, anulación de comprobantes de venta y rendimientos financieros en el ATS, de acuerdo al siguiente calendario:
Resultado de imagen para calendario presentacion ats 2015

¿QUE ES EL FRACASO?


martes, julio 07, 2015

TASA DE INTERÉS DE MORA TRIBUTARIA DE JULIO A SEPTIEMBRE DEL 2015

De acuerdo con lo previsto en el artículo 21 del Código Tributario Codificado y en el artículo 1 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, que establece que el interés anual por obligación tributaria no satisfecha equivaldrá a 1,5 veces la tasa activa referencial para noventa días determinada por el Banco Central del Ecuador, la tasa mensual de interés por mora tributaria a aplicarse en el tercer trimestre del año 2015 es la siguiente:


Período de vigencia: 1 de julio de 2015 – 30 de septiembre de 2015
Tasa de interés: 1,088%  

A continuación se adjunta una tabla con las tasas vigentes en trimestres anteriores:


lunes, mayo 04, 2015

LEY ORGANICA DE REMISION DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS

El 22 de abril del 2014, el pleno de la Asamblea Nacional, aprobó en segundo debate el "Proyecto de Ley Orgánica de Remisión de Intereses, Multas y Recargos" propuesto por el ejecutivo con la finalidad de beneficiar a los contribuyentes que tengan obligaciones tributarias pendientes por declarar o liquidar, así como aquellos contribuyentes que tengan actos administrativos ejecutoriados.

El proyecto de Ley sufrió algunas modificaciones del texto planteado originalmente, luego de los dos debates realizados por los asambleístas.

A partir del día siguiente, una vez publicada la ley en el Registro Oficial, entrará en aplicación.


BURO TRIBUTARIO

BURO TRIBUTARIO