sábado, diciembre 09, 2017

MONTOS MÁXIMOS PARA EMISIÓN DE COMPROBANTES DE VENTA POR PARTE DE SUJETOS PASIVOS INSCRITOS EN EL RISE

En el Suplemento del Registro Oficial No. 118 del 13 de noviembre del 2017 se publicó la Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000552 mediante la cual se definieron los montos máximos para la emisión de comprobantes de venta por parte de los sujetos pasivos inscritos en el RISE.

Los sujetos pasivos inscritos en el Régimen Impositivo Simplificado (RISE) podrán dentro de cada mes emitir comprobantes de venta hasta los siguientes montos dependiendo de la categoría a la que pertenezca, sin que se limite el número de comprobantes que el sujeto pasivo pueda emitir:


La referida Resolución también establece que sin perjuicio de los montos máximos mensuales por categoría antes referidos, los sujetos pasivos inscritos en el Régimen Impositivo Simplificado podrán emitir comprobantes de venta con valores superiores a los señalados, hasta por tres (3) meses en un mismo ejercicio fiscal, considerando el nivel de transaccionalidad que se presente en tales períodos.

No obstante, la suma de la totalidad de los comprobantes emitidos en el respectivo ejercicio fiscal deberá encontrarse dentro de los límites máximos de ingresos establecidos, de acuerdo a la categoría en la que el sujeto pasivo se encuentre ubicado.

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BURO TRIBUTARIO

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