En el Suplemento del Registro Oficial No. 309 del 21 de Agosto 2018 se publicó la LEY ORGÁNICA PARA EL FOMENTO PRODUCTIVO, ATRACCIÓN DE INVERSIONES, GENERACIÓN DE EMPLEO, Y ESTABILIDAD Y EQUILIBRIO FISCAL aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional en segundo debate y posteriormente Veto del Ejecutivo, y que entra en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Como parte de los beneficios que otorga esta Ley, se incluye la remisión para deudores de 12 entidades públicas, entre ellas, el Servicio de Rentas Internas, Aduanas, entre otros.
Por la medida de remisión tributaria el Fisco espera recaudar en este año USD 602 millones. La reforma también establece beneficios para nuevas inversiones como la exoneración del pago del impuesto a la renta por inversiones en industrias básicas durante 15 años; en cantones fronterizos son cinco años más.
Otro de los beneficios es la exoneración del impuesto a la salida de divisas (ISD) para nuevas inversiones productivas en la importación de insumos y bienes de capital. Los constructores de vivienda social tendrán derecho a Impuesto al Valor Agregado (IVA) tarifa 0%, entre otros beneficios.
En lo fiscal el cambio medular de la norma plantea que no exista techo al endeudamiento durante tres años; es decir, hasta el 2021.
Buen estimados la remisión de deudas por intereses, multas y recargos;aplica a todas las empresas del sector públicos (Ministerio del Ambiente, Arcom, ministerio de Acuacultura etc)
ResponderEliminarEstimado amigo (a), el artículo 20 de la Ley señala que la instituciones públicas podrán (optativo) aplicar la remisión de intereses, multas y recargos derivados de obligaciones tributarias y no tributarias y de servicios básicos, vencidas al 2 de abril del 2018.
Eliminar