lunes, diciembre 31, 2012

TABLA DEL IMPUESTO A LA RENTA 2013 PARA PERSONAS NATURALES

El Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció la nueva tabla para la liquidación del Impuesto a la Renta de las Personas Naturales para el año 2013.  

Esta tabla será aplicada en base al artículo 36 de la Ley Orgánica de Régimen Interno (LORTI).

Artículo 36 LORTI.- Para liquidar el impuesto a la renta de las personas naturales y de las sucesiones indivisas, se aplicarán a la base imponible las tarifas contenidas en la siguiente tabla de ingresos:


154 comentarios:

  1. Buenas tardes amigos por favor ayúdeme con una consulta urgente:
    a) Mi empresa al terminar el periodo 2011 obtuvo una pérdida de $ 74742.32 dólares americanos que se encuentra registrada en la cuenta 36020102 (perdida ejercicio 2011), y al terminar el periodo 2012 obtuvimos como resultado operativo $6461.02 ; ante esto mi consulta va dirigida a que si el resultado operativo obtenido de $6461.02 podemos contabilizar directamente a la cuenta 36020102 (perdida ejercicio 2011) para disminuir el valor de la perdida sin tener que realizar la conciliación tributaria y tampoco incumplamos con ley o incurramos en alguna sanción.

    b) Mi empresa mantiene un valor acumulado de los periodos anteriores para provisión de créditos $78603.31 registrados en la cuenta 14991001 (Provisión Cuentas Incobrables Crédito de Consumo) sin embargo nuestra cartera real vencida es de $30000 ante lo cual la consulta es si podemos reversar la provisión acumulada a la cuenta de ingresos 560410 Reverso de Provisiones por un valor de 48603.31 y el resultado operativa que será luego de esta transacción de 55064.33 es permitido contabilizar directamente a la cuenta 36020102 (perdida ejercicio 2011) para disminuir el valor de la perdida sin tener que realizar la conciliación tributaria y tampoco incumplamos con ley o incurramos en alguna sanción.
    De ante mano le agradezco por su valiosa y oportuna ayuda. gracis

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    1. Estimado Amigo (a), con gusto absolveré su consulta.

      a.- El resultado del ejercicio 2012 no puede ser compensado o neteado con el resultado de los años anteriores. Si bien es cierto, ambos constituyen parte de las cuentas de patrimonio de la empresa, pero no podrán ser neteadas y de esa forma dejar de pagar las utilidades e Impuesto sobre la utilidad del ejercicio.

      b.- Si su empresa está dentro del último grupo para aplicación, recomiendo que esto lo haga contra la cuenta patrimonial de ADOPCION DE NIIF POR PRIMERA VEZ y así sus estados financieros tienen una información financiera apegada a la realidad de la empresa.

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  2. me podrian ayudar.. lo que pasa es que en el año pasado mi papa hizo su proyeccion de gastos en enero pero ya en octubre no lo hizo...ahora este año le vuelven a pedir la empresa para la que labora su proyeccion de gastos.. que pasa con lo del año pasado sino hizo nada en el mes de octubre??..tanbien le piden la deduccion de sus gastos.. y le habra tocado pagar impuesto a la renta el año que paso asi sea en 0??

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    1. Estimado Amigo (a), la información que el empleado debe de presentar al patrono en el mes de octubre vendría a ser un ajuste sobre la proyección presentada en el mes de enero y sirve, por lo general, para que el patrono haga un reajuste del impuesto a la renta a retener, en caso de no haberlo calculado correctamente en base a la proyección entregada en el mes de enero.

      En el mes de enero de cada año el empleador entregará a sus empleados en relación de dependencia los formularios 107, los mismos que se constituyen, en la declaración del Impuesto a la Renta del empleado. En ese formulario usted podrá verificar el valor retenido. Para el año 2012, aquellas personas naturales con base imponible inferior a USD$ 9.720,00 (artículo 36 de la LORTI) no estaban en la obligación de pagar impuesto a la renta.

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  3. Buenos días estimados amigos:
    Tengo una inquietud, me retuvieron el impuesto a la renta y no llegue a la base imponible, mi pregunta es si yo voy a pedir devoluciones de impuesto a la renta, debo realizar mi declaración de impuesto a la renta antes o no es necesario?
    de antemano agradezco su atención brindada

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    1. Estimado Amigo (a), para solicitar la devolución de pago en exceso deberá de realizar su declaración en el formulario 102A, previo a ingresar su solicitud al Servicio de Rentas Internas.

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  4. Por favor necesito su ayuda trabajo en dos empresas en relacion de dependencia y mis ingresos son de 28 mil anuales. La deduccion se mis gastos personales son de 8200. La pregunta es cuanto debo pagar impuesto a la renta y cada cuanto tiempo se realiza el pago? No temgo conocimiento de nada x favor expliquenme.

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    1. Estimado Amigo (a), usted deberá de declarar y pagar su Impuesto a la Renta máximo hasta el mes de marzo del 2013, y la fecha (día) dependerá del noveno dígito de su cédula de identidad o RUC.

      Tomando los valores que usted indica, sin considerar retenciones de sus patronos (en caso de que aplique), aportación individual (9.35%), gastos personales (se asume que cumplen con los montos máximos permitidos por Ley), su Impuesto a la Renta a pagar sería de aproximadamente USD$ 998,00.

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  5. HOLA AMIGOS PORFA AYUDENME CON UNA PREGUNTITA.
    MI ESPOSO DECLARA MENSUALMENTE IVA EN EL FORMULARIO 104 A,PERSONA NATURAL NO OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD.
    EL TIENE QUE DECLARAR EL IMPUESTO A LA RENTA?

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    1. Estimada Amiga, el artículo 82 del Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno señala que no están obligados a declarar el impuesto a la renta las personas naturales que tengan ingresos brutos gravados que no excedan de la fracción básica no gravada para el cálculo del Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas constante en la Ley de Régimen Tributario Interno según la tabla del artículo 36 de la Ley.

      Eso quiere decir, que si durante el año 2012 su esposo tuvo ingresos inferiores a USD$ 9.720,00 no estará en la obligación de presentar declaración de impuesto a la renta.

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  6. estimados amigos necesito saber cuanto me deben descontar de mi suel do mensualmente para el pago del impuesto a la renta si percibo un ingreso de 25700 anuales por el ecedente

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    1. Estimado Amigo (a), tomando los valores de su consulta y asumiendo que no hará uso de la deducción de sus gastos personales, su impuesto a la renta a pagar, siempre y cuando, no tenga otro tipo de ingreso durante el año, sería de USD$ 1.789,50.

      De su sueldo mensual se le deberá de descontar USD$ 149,13.

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  7. Buenos Dias: si fueran tan amables de ayudarme en lo siguiente son gastos deducibles la cerveza, coca cola,chocolates, medias, ventilador para computador,accesorios para auto como aceite, forro para el carro, mantenimiento. soy ingeniero civil y quiero hacer mi declaracion del impuesto a la renta

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    1. Estimado Amigo, dentro de los gastos que menciona, existen unos como por ejemplo: medias, bebidas (no alcohólicas) que pueden ser considerados como gastos personales, mientras que los gastos del vehículo, equipos para computador, pueden ser considerados como gastos de libre ejercicio profesional.

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  8. Buenas tardes:

    Quisiera que me ayude. A los empleados se debe entregarles el formulario 107. En vista de que ya no existen impresos los formularios mi consulta es si este formulario aún lo venden a debemos bajarlo de la página web del SRI.

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    1. Estimado Amigo (a), afirmativo. Debería bajarlo de www.sri.gob.ec

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  9. Buen dia..... me pueden ayudar con una pregunta.... mis ingresos totales durante el 2012 superan los 15.000 dolares... y mi proyeccion de gastos presentada fue de 3.5000 dolares.... estoy obligado a presentar la declaracion de anexos de gastos personales...

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    1. Estimado Amigo, las personas naturales que hacen uso de sus gastos personales para deducir el Impuesto a la Renta están en la obligación de presentar el anexo de gastos personales, siempre y cuando, los mismos superen el 50% de la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta vigente para el ejercicio impositivo declarado según la Resolución NAC-DGERCGC11-00432 publicada en el Registro Oficial # 599 del 19 de diciembre del 2011.

      Para el año 2012 la fracción básica desgravada fue de USD 9.720,00 siendo el 50% USD$ 4.860,00. Para su caso, por haber deducido USD$ 3.500 como gastos personales, no estará en la obligación de la presentación de este anexo.

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  10. para la declaración del impuesto a a la renta solo debo tomar en cuenta los sueldos y salarios del formulario 107

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  11. SALUDOS CORDIALES.
    TENGO UNA INQUIETUD:SOY UNA PERSONA NATURAL NO OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD, TRABAJO EN RELACION DE DEPENDENCIA.
    MISGASTOS PERSONALES 2012 PRESENTADOS EN EL MES DE FEBRERO ME SIRVEN PARA DEDUCIR (DISMINUIR)EL IMPUESTO A LA RENTA DEL 2013???? ESTOY CONFUNDIDA CON LOS AÑOS

    GRACIAS POR SU AMABLE AYUDA

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    1. Estimado Amigo (a), los gastos personales del año 2012 que se desglosan y presentan en el anexo de gastos personales en el mes de febrero del año 2013 sirven para deducir el Impuesto a la Renta de las personas naturales del año 2012.

      Dicha declaración de Impuesto a la Renta (formulario 102A) deberá de presentarse máximo hasta el mes de marzo del 2013 dependiendo del noveno dígito de RUC o cédula de identidad del contribuyente.

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  12. Estimado puedo utilizar el credito tributario de una compra con tarjeta de credito aunque no pueda realizar la retencion?

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    1. Estimada María, siempre y cuando ese IVA pagado se destine para la producción y comercialización de bienes y servicios gravados con IVA, puede ser usado como Crédito Tributario. (artículo 66 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno)

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  13. Buenos dias, trabajo con honorarios profesionales y cada mes me entregran el comprobante de retencion del impuesto a las renta que es del 10%. que debo hacer para solicitar la devolucion del ir?

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    1. Estimado Amigo (a), para poder solicitar la devolución del pago en exceso por las retenciones en la fuente, deberá de hacer su declaración anual del Impuesto a la Renta y aquellas retenciones que no pueden ser compensadas podrá solicitar al Servicio de Rentas Internas su devolución.

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  14. Por favor mi pregunta es: Soy ua persona natural no obligado a llevar contabilidad, mis actividades son servicio de carga pesada y consultoría, tengo un empleado que es mi chofer, está asegurado por 450,00 dólares, también pago 700,00 por un préstamo que saque para mi negocio. En resumen tengo un ingreso de 28.246,85 anual, un gasto por 2.251,75, las retenciones que me han hecho son de 385,47, deducciones por gastos personales solo tengo 75,45; haciendo los cálculos me sale a pagar de Impuesto a la renta casi 1.500,00 dólares, mi pregunta es: Cómo le cargo a los gastos lo que le pago a mi empleado y lo del préstamo para hacer la declaración del impuesto a la renta para que se redusca el valor que debo pagar. Muchas gracias

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    1. Estimado Amigo (a), lo que usted le paga a su chofer por sueldos, horas extras, beneficios sociales (décimos, fondo de reserva, etc.) son gastos deducibles para su declaración del Impuesto a la Renta y deberá de registrarlos dentro del grupo de gastos de la actividad generadora de la renta.

      De la misma manera deberá de proceder con los intereses pagados por el Crédito Bancario, los cuales también constituyen un gasto deducible para su Impuesto a la Renta.

      Otro tipo de gastos que tengan relación con su actividad profesional o comercial y que estén debidamente soportados con comprobantes de ventas autorizados a nombre de usted, podrán ser deducidos como gastos (ejemplo: consumo celular, combustible, mantenimiento del transporte, etc.)

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  15. Hola, por favor me podrían ayudar con una consulta...quiero subir el formulario 102a, pero en la pagina del sri solo aparece el 102, que debo hacer...muchas gracias por su ayuda

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    1. Estimada Margarita, al momento de cargar el formulario 102A hágalo en esa opción que es la única que el Servicio de Rentas Internas tiene en su página. No tendrá problema alguno al hacerlo.

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  16. Buenos dias, Mi cuñado es una persona natural no obligada a llevar contabilidad para el pago del impuesto a la renta del año 2012, el va hacer uso de los gastos deducibles y para cada rubro por vivienda educacion alimentacion y vestimenta es $ 3159. No entiendo si el 50% es por cada uno de estos rubros o el valor de $4860 esta incluido los 4rubros deducibles. Por favor ayudeme

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    1. Estimado Amigo (a), su cuñado podrá deducirse para el año 2012 máximo hasta USD$ 3.159,00 en vestimenta, alimentación. educación, vivienda y hasta USD$ 12.636 en salud.

      En caso de que su cuñado, al hacer uso de sus gastos personales, estos en conjunto sobrepasen los USD$ 4.860, estará en la obligación de presentar al Servicio de Rentas Internas (SRI) un anexo de información llamado anexo de gastos personales.

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  17. Hola buenas tardes..!! Muchas Felicidades por sus amplios conocimientos..
    Quisiera saber si podría ayudarme con la siguiente pregunta..!
    Obtuve mi RUC en septiembre del 2012, antes tenia RISE ...! Quisiera saber si estoy obligada a realizar el anexo de gastos personales cuando mis ingresos hasta el mes de enero fueron de $ 23792 y mis egresos fueron de $ 20724... y los gastos de $ 4654.60 ... en caso de que lo tendria que presentar y no pude porque la fecha maxima fue el 26 de febrero .. que podria hacer con ese inconveniente..!!
    De antemano, muchas gracias por su respuesta

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    1. Estimado Amigo (a), agradezco mucho por sus felicitaciones. El ejercicio fiscal es de enero a diciembre del 2012.

      La obligación de presentar el anexo de gastos, es para aquellas personas naturales que hicieron uso del beneficio tributario de deducir gastos personales. Si para el año 2012, estos superaron los USD$ 4.860,00, deberá obligadamente de presentar el anexo de gastos personales al Servicio de Rentas Internas.

      Si al estar en la obligación de hacerlo, no lo presento en la fecha máxima, deberá de autoliquidarse una multa por presentación tardía.

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  18. Buenas tardes, muchas felicitaciones por ayudarnos, es un gran aporte para todos.
    mi pregunta es: trabajo en una empresa que no esta obligada a llevar contabilidad porque no ha superado el monto anual,
    Para la declaración del impuesto a la renta en que formulario se debe hacer, y si tambien se puede hacer la deducción de gastos personales,y si tambien se tiene que realizar el anexo de gastos personales.

    gracias por su respuesta.

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    1. Estimada Guadalupe, nuestra cooperación para con todos ustedes nos llena de mucha satisfacción.

      En base a su pregunta entiendo que su patrono es una persona natural. La declaración anual del Impuesto a la Renta deberá de hacerlo en el formulario 102A y podrá hacer uso de los gastos personales.

      El anexo de gastos personales dependerá de si para el año 2012, los gastos personales a deducir superan los USD$ 4.860,00 en conjunto, caso contrario no estará en la obligación de hacerlo.

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  19. Hola Buenos días

    Me gustaría pudieran ayudarme con la sigt consulta.

    Si un profesional (Médico) trabaja tanto en relación de dependencia como independientemente, no obstante, en la compañía donde labora en relación de dependencia, cada mes además de realizarles la retención del 10%, les calculan en Impuesto a la renta mensual, cómo podría incluir estos valores en el formulario 102 A?. Cabe mencionar que la entidad realiza el formulario 107 por cada trabajador, pero como les menciono, en este caso el profesional realiza además trabajos independientes. No se presentaron la deducción de gastos personales ya que se realizará el formulario 102 A. Mi pregunta es, este impuesto a la renta que la compañía les deduce mensualmente, dónde se coloca en el formulario 102 A? Se la deduce del Impuesto causado?? Les agradecería me ayuden por favor.. muchas gracias

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    1. Estimado Amigo (a), al momento de realizar su declaración de Impuesto a la Renta en el formulario 102A deberá de sumar tanto las retenciones en la fuente producto de su actividad profesional y el valor retenido por su empleador (formulario 107) y colocar ese total en el casillero 846 del formulario 102A.

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  20. Por favor me gustaria que me ayude con una consulta cerre mi ruc en el 2011 y ahora el sri me dice que adeudo el impuesto a la renta del año 2012 pero si yo en el 2012 no realice ni una sola compra ni tampoco ventas me gustaria por favor que me ayude como es eso muchas gracias

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    1. Estimado Amigo (a), si usted tenía el RUC activo durante el año 2012 pero no generó o realizó actividad alguna debería de haber presentado su declaración del Impuesto a la Renta con valores en cero, a pesar de que el artículo 42 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI) establece que no están obligados a presentar su declaración del Impuesto a la Renta las personas naturales cuyos ingresos brutos no superaron la fracción básica no gravada.

      Recomiendo presentar la declaración en cero y evitar inconvenientes con el Servicio de Rentas Internas.

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  21. Buenos día, disculpe se me podria ayudar, lo que sucede es que no presente el anexo de gastos personales, la multa me supieron manifestar que es de 31,25 centavos, en que lugar tengo que acercarme a pagar... gracias

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    1. Estimado Amigo (a), deberá de llenar el formulario 106 y acercarse con el comprobante electrónico de pago a la institución bancaria para su cancelación.

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  22. Por favor me gustaria que me ayuden, estaba obligada a presentar anexos hasta el 16 febrero y ya los tengo preparados también el formulario 102a original pero no se donde colocar la multa de tardia por la presentacion del anexo. es en el formulario 102a casillero 904 en mi declaracion del IR y el monto es de 31,25. Mis ingresos provienen de un solo empleador. Por favor aclaremen el monto y donde va esa multa.

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    1. Estimado Amigo (a), para liquidar las multas por presentación tardía de anexos de información deberá de hacerlo en el formulario 106.

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  23. Buenas tardes, me llamo Sofi y mi pregunta es la siguiente:
    soy una persona que trabaja en relacion de dependencia, presente en el 2012 el proyectado de GP,y esto sirvió para calcular el Impuesto a la Renta del 2012..en octubre (creo).volvi a presentar el proyectado de noviembre y diciembre del 2012...mi pregunta es
    si en base al los gp proyectados me calculo mi departamento de RRHH el impuesto a la renta el mismi que me descuentan, que sucede si en realidad mis GP fueron menores (de acuerdo a datos reales en dimm GP)EXISTE DEVOLUCION?

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    1. Estimada Sofía, en caso de que hubo valores por concepto de retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta descontados de más, es decir, existe un saldo a favor del contribuyente, podrá solicitar al Servicio de Rentas Internas la devolución del pago en exceso.

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  24. BUENAS TARDE; DISCULPE MI SUEGRO EN INGRESO TIENE 17588.94 Y EN GASTOS DE SALUD ES 2380.88 ALIMENTACION 1500.00 VESTIMENTA 1020.50 Y VIVIENDA 500. QUISIERA SABER CUAL ES EL PORCENTAJE QUE EN SI LE TOCARA A CADA RUBRO Y CUANTO LE TOCARIA PAGAR.
    XFA AYUDEME GRACIAS..

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    1. Estimado Amigo (a), si su suegro es de la tercera edad, con ese monto de ingresos no generaría la base imponible para pago del Impuesto a la Renta acorde al artículo 49 del Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.

      "Art. 49.- Base imponible para personas de la tercera edad.- Para determinar la base imponible de las personas de la tercera edad, del total de sus ingresos se deberá deducir en dos veces la fracción básica desgravada y los gastos personales conforme las disposiciones de la Ley de Régimen Tributario Interno y este Reglamento."

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  25. Buenas noches, por favor se pueden despejar una duda, soy trabajador en relacion de dependencia, ademas tengo un segundo ingreso por trabajo en una empresa privada, me han hecho las respectivas retenciones tanto en la institucion publica como en la privada. La pregunta es si debo sumar los valores de retencion de ambas instituciones y colocarla en el casillero 846 correspondientes a retenciones en el formulario 102A?, y otra inquietud, los descuentos por aporte al IESS entran como deducibles del inglreso en el casillero 491 del mismo formulario.. Muchas gracias

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    1. Estimado Fabián, los valores retenidos por sus empleadores durante el año a declarar por concepto de Impuesto a la Renta deberán de sumarse y colocarse en el casillero 846 del formulario 102A.

      Los aportes individuales del 9.35% descontados al trabajador deberán de registrarse en el casillero 551 del formulario 102A y son gastos deducibles.

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    2. Muchas Gracias amigos, muy util su informacion

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  26. BUENAS NOCHES: POr favor ayudeme con una consulta mi esposo trabaja en relacion de dependenci y presento su proyeccion de gastos personales para el año 2012 con un ingreso de 20200 dolares pero en realidad gano en ese año 13408 y sus gastos son hasta el 50% de sus ingresos debe presentar o pagar impuesto a la renta del año 2012????

    muchas gracias por su ayuda

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    1. Estimada Amiga, el artículo 42 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI) establece que no están obligadas a presentar su declaración del Impuesto a la Renta las personas naturales cuyos ingresos brutos durante el ejercicio fiscal no excedieren de la fracción básica no gravada, según el artículo 36 de esta Ley, y que para el año 2012 fue de USD$ 9.720.

      Partiendo de este artículo su esposo estaría en la obligación de presentar su declaración de Impuesto a la Renta y el impuesto a pagar dependerá de la base gravable.

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  27. Buenos dias, me puden ayudar, tengo ingresos anuales de 12,000.oo dolares mis gastos en una familia de tres personas son de $4,000.00 tengo que pagar impuesto a la renta les agradezco de antemano la atencion prestada

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    1. Estimado Amigo (a), en base a su información proporcionada y haciendo una simple resta aritmética, su base imponible gravable para el año 2012 sería de USD$ 8.000, lo que representa una cifra inferior al mínimo exigible para presentar y pagar Impuesto a la Renta para las personas naturales.

      Quiero dejar claro, que se concluye esto asumiendo que la información de ingresos y gastos es la real y que estos se apeguen a las condiciones establecidas en la Ley tributaria vigente.

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  28. Buuenos dias mi pregunta es si el impuesto a la renta se puede declarar hasta el mes de marzo como es obligatorio q el anexo sea presentado oligatoriamente hasta febrero?? y si no lo presenté hasta febrero debo pagar multa??
    Gracias x su ayuda

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    1. Estimado Amigo (a), en caso de no haber presentado en el mes de febrero su anexo de gastos personales estará en la obligación de liquidarse una multa por presentación tardía del anexo de información.

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  29. Buenas tardes, excelente su aporte. Soy empleado en relación de dependencia y mi ingreso total anual fue en el 2012 de 11832 USD, debo realizar la delcaración del impuesto a la renta? y si no lo hago cual es la multa que tengo que pagar? Y por último aunque pague la multa estoy obligado a hacer la declaración? Disculpe mi ignorancia en el tema, es que es la primera vez que voy a declarar segun me ha dicho el contador de mi trabajo. Saludos.

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    1. Estimado Alex, un placer poder aportar con nuestro conocimiento a todos ustedes.

      En el caso de los empleados en relación de dependencia que presten servicios a un solo empleador, que no tengan ingresos adicionales y que no necesiten reliquidar sus gastos personales no deberán de presentar otro formulario de declaración de Impuesto a la Renta (102A), únicamente el formulario 107, que es el que deberá entregar el empleador en el mes de enero, constituyéndose este en la declaración del trabajador.

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  30. Buenas Noches,

    Trabajo en una empresa publica, desde el 2012 y presente una proyeccion de gastos personales, en esta proyeccion segun yo mis ingresos eran de unos 13800 al año, y los gastos puse 4600, de lo cual no habia ninguna retencion por parte de mi empleador, en este enero del 2013 el departamento de RRHH me entrego un formulario con los verdaderos ingresos generados durante el 2012 y es de 14700, que debo hacer en este año?, eso de los anexos de gastos personales no lo presente, que pasa ahi? es mi primer año en estas cuestiones y estoy muy confundido. Por favor aclareme que no mas debo hacer en este año....tambien ya presente un formulario de proyeccion de gastos personales para el 2013.
    Muchas gracias por su atencion y por su respuesta.

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    1. Estimado Paul, al haber presentado para el año 2012 una proyección de gastos personales con esa información, su empleador no tiene que haber retenido ningún valor por concepto de Impuesto a la Renta por no superar la base imponible gravada para causar impuesto ( $ 13.800 - $ 4.600 = $ 9.200). Sin embargo, sus ingresos reales durante el año 2012 fueron de $ 14.700, habiendo en este caso base imponible para causar Impuesto a la Renta.

      Recomiendo realizar una declaración sustitutiva de su Impuesto a la Renta en el formulario 102A, corrigiendo el monto total de sus ingresos anuales por el año 2012 y calculando el impuesto causado a pagar.

      En relación a sus gastos personales, al estos no superar los USD$ 4.860,00 para el año 2012, no estará en la obligación de presentar al Servicio de Rentas Internas el anexo de gastos personales, cuya fecha máxima de presentación era hasta el mes de febrero del 2013 dependiendo del noveno dígito del RUC o Cédula de Identidad.

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  31. Buenas Tardes mi pregunta es cual es nuevo casillero del dimm nuevo que me puedo decontar el pago a mis 10 empleados todos afiliados al IESS y el pago del aporte patronal que hago nosé cual es el casillero para hacerme esta deduccion muchisimas Gracias por su ayuda att: Luis Garcia

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    1. Estimado Luis, tu consulta es en relación a que tipo de impuesto a liquidar, porque dependerá del formulario que se presenta el casillero que deberás de registrar los valores.

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  32. Buenos días yo trabajo en una empresa publica con mi sueldo pase la base imponible, presente el formulario de gastos y todo eso y mi empresa ya declaro mi impuesto a la renta en relación de dependencia. Buenos yo tambien tengo ingresos adicionales que suman 800 dolares totales del año 2012, y me han enviado un mail diciendo que he superado la base y debo declarar el impuesto a la renta,pero en relación de dependencia mensualmente me han descontado 40 dolares del impuesto a la renta.

    Debo presentar un formulario sumando los 2 ingresos y como haría con lo que ya pague mensualmente a través de mi sueldo y mis otros ingresos no supera la base.

    Muy gracias por su pronta respuesta

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  33. Buenos dias, queria poder si me podian ayudar con la siguiente duda:
    Llevo la contabilidad al un Doctor con un sueldo de mas o menos 6000 mensuales de los cuales 1800 tiene que pagar por pension alimenticia por una hija que tiene; como debo hacer para que el calculo del impuesto a la renta sea por lo que realmente le queda a el, porque la pension alimenticia en los gastos personales se carga a alimentacion y la base solo es hasta 3300 y el anualmente le pasa 21600..
    Muy a parte de los gastos personales que el tiene..
    Quisiera que me ayuden con eso, si es que se puede enviar un oficio al SRI, porque me han dicho que ellos si hacen excepciones, ya que no siempre existen casos asi..
    Muchas gracias...

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    1. Estimado Amigo (a), los coeficientes (0.325 de la base imponible desgravada) a deducir por concepto de gastos personales están definidos en el reglamento y el resultado de esta operación son los máximos permitidos.

      No existe base legal que sostenga esta exoneración, salvo que el Servicio de Rentas Internas (SRI) así lo decida.

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  34. Una consulta las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad deben cancelar las utilidades
    gracias

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    1. Estimada Amiga (a), todo empleador o patrono independientemente de su obligación tributaria para llevar o no llevar contabilidad está en la obligación de pagar las utilidades a sus empleados que están bajo relación de dependencia.

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  35. Buenas Noches:

    Si mi facturación en el 2013 como persona Natural supera los cien mil dòlares que sucede?

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    1. Estimado Amigo (a), en ese caso estaría en la obligación de llevar contabilidad a partir del ejercicio fiscal 2014.

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  36. Muy buenas tardes......antes que nada quiero felicitarle por sus amplios conocimientos y mas que todo agradecerle por compartir muchos temas que a veces nos cuesta mucho entender.....mi pregunta es una persona natural no obligada a llevar contabilidad tiene la obligacion de presentar el formulario de utilidades aunque en el año 2012 haya reflejado perdida....

    De antemano muchisimas gracias .....

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    1. Estimado Amigo (a), muchas gracias por tus felicitaciones. El Acuerdo Ministerial emitido por el Ministerio de Relaciones Laborales establece que: "Si la empresa no tuviese utilidades, la misma está obligada a declarar el informe empresarial sobre participación de utilidades para su respectivo registro y legalización, anexando la declaración del impuesto a la renta."

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  37. BUENAS NOCHES MI PREGUNTA ES MI EX ESPOSO TIENE UN NEGOCIO Y LE TOCA DECLARAR IMPUESTO A LA RENTA Y NO TIENE NI UN DOCUMENTO DE GASTOS SOLO TIENE COMPRAS POR UN VALOR 36178 Y VENTAS 16896 CUAL SERIA LA FRACCION BASICA DE IMPTO A LA RENTA

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    1. Estimada Amiga, al revisar los montos de gastos y ventas señalados en su consulta, su esposo se enmarcaría dentro del cuarto tramo de la tabla para la liquidación del Impuesto a la Renta del año 2012.

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  38. Estimados,
    Mi consulta es si tengo un negocio de transporte de carga pesada, el Iva que pago por COMBUSTIBLE y por MANTENIMIENTO DEL VEHICULO se considera credito tributrario para mi (casillero 501 del 104A) o es 503 sin derecho a credito tributario?. Y si fuera el caso q se considera credito tributario este IVA lo puedo considerar como un gasto deducible al final del año para el impuesto a la Renta.

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    1. Estimado Amigo (a), el artículo 66 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI) en su inciso final establece: "Como regla de aplicación general y obligatoria, se tendrá derecho a crédito tributario por el IVA pagado en la utilización de bienes y servicios gravados con este impuesto, siempre que tales bienes y servicios se destinen a la producción y comercialización de otros bienes y servicios gravados."

      Al prestar usted un servicio que por ley está gravado con tarifa 0% de IVA (artículo 56 LORTI), el IVA pagado por COMBUSTIBLE y MANTENIMIENTO DE VEHICULO será considerado como gasto para efectos del Impuesto a la Renta y deberá de registrarse en el casillero 503 en su formulario 104A.

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  39. HOLA BUENAS NOCHES COMO HAGO PARA LLENAR EL FORMULARIO 106 YA QUE SE ME PASO LA FECHA PARA CANCELAR EL FORMULARIO 104 A EL VALOR QUE IVA A CANCELAR DE IMPUESTO ERA DE 6.60, QUISIERA SABER CUAL ES EL VALOR DE LA MULTA E INTERES MAS RECARGA GRACIAS

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    1. Estimado Amigo (a), en concordancia con el artículo 100 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI) y el artículo 21 del Código Tributario por concepto de multas deberá de calcularse el 3% del impuesto a pagar por cada mes o fracción de atraso y el 1.021% para el caso del cálculo de los intereses.

      Es decir, que sobre los USD$ 6,60 debería de aplicarse estos porcentajes señalados y calcular los valores para que sean registrados en el formulario 106.

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  40. NECESITO UN AUXILIO INMEDIATO PARA HACER LA PRESENTACION DE ANEXOS SIMPLIFICADOS COMO HUBO EL NUEVO CAMBIO DE ESQUEMAS ... TENGO RETENCIONES POR COMPRA PARA MI ACTIVIDAD ... PERO ESTOY IGNORANTE AL MOMENTO DE REGISTRARLOS .. 1.- UBICO COMO RET.1% VARIOS Ó COMO BIENES QUE SE INVOLUCRAN DENTRO DEL PROCESO ¿?

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    1. Estimada Laura, su ubicación dependerá de si estas compras son de bienes o servicios que forman parte del proceso productivo, caso contrario se ubicará como retención 1% varios.

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  41. HOLA BUENOS DIAS, COMO LE HAGO PARA SUBIR LOS BALANCES QUE ME PIDE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS, GRACIAS AL ANTIGUO CONTADOR NO LO HA HECHO DESDE EL 2011

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    1. Estimado Amigo (a), para subir los estados financieros de una sociedad (persona jurídica) a la página de la Superintendencia de Compañías deberá de acceder por medio de una clave y seguir los pasos que indica.

      Recuerde que para el año 2012 deberá de presentar los estados financieros bajo NIIF, ademas de los estados financieros durante la convergencia a las normas internacionales.

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  42. HOLA, Por favor ayudeme con esta inquietud; quiero pedir la devolución del impuesto a la renta 2012 por pago en exceso, se hizo la declaracion de impuesto a la renta e hice huso de gastos personales por un valor total de $400 dolares mi pregunta es ¿ tengo que hacer y enviar los anexos de gastos personales para pedir la devoluciòn del impusto a la renta ?

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    1. Estimado Amigo (a), por montos de los gastos personales no estaría en la obligación de presentar el anexo de gastos personales, sin embargo el Servicio de Rentas Internas (SRI) solicita como condición el anexo de gastos personales para proceder a la devolución del pago de exceso de las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta.

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  43. Hola por favor me pueden ayudar, yo soy odontológo abrí mi RUC, con actividad económica (actividades de consulta y tratamientos odontológicos) en mi ruc consta como nombre comercial ( clinica dental red), tengo emmpleados no he superado la base para llevar contabilidad por lo que soy persona natural no obligada a llevar contabilidad, y declaro IVA de fforma semestral, la consulta es si para efectos de mis declaraciones puedo considerar como gastos los viajes que hago, compra de joyas, la peluquería puesto debo estar presentable para atender a mis pacientes, el mantenimiento de mi vehículo, gasolina.

    Además estoy comprándome una oficina, en la que pago mensualidades de 1000 cada una, pero solo tengo el contrato de compra venta no la factura esos 1000, le puedo incluir como gasto.

    Saludos
    Gracias

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    1. Estimado Doctor, los gastos de viaje (siempre que estén relacionados con su actividad profesional) así como el mantenimiento de su vehículo y combustible, pueden ser considerados como gastos de su actividad generadora de ingresos.

      La compra de la oficina estaría considerada como una propiedad, planta y equipo (activo fijo) y debería ser activada como tal, siendo la depreciación mensual, producto del deterioro del bien inmueble, un gasto deducible. La mensualidad que se pagaría por la compra del mismo, es la cancelación del dividendo por el crédito otorgado para su adquisición.

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  44. Hola a todos soy una persona natural no obligada a llevar contabilidad, debo hacer mi declaración de IVA y presentar declaración de IR puedo colocar como gasto, es decir en mis compras tarifa 12%, el servicio de lavado de prendas de vestir, y el alojamiento cuando realizo mis paseos personales, y los vuelos de avión de los mismos o no???

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    1. Estimado Amigo (a), este tipo de gasto no está considerado como gasto personal en la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI)ni su Reglamento, tampoco es un costo y gasto relacionado con la actividad generadora de ingreso de actividad empresarial.

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  45. Estimados, buenas tardes

    Mi empleador ya me entrego el formulario 107 pero los datos que le proporcione de los gastos personales son menores a los indicados de 5000 bajan a 4367, para la declaracion en el formulario 102A debo poner los valores reales o los debo poner los que constan en el 107.

    Agradezco su valiosas ayuda.
    Mary

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    1. Estimada Mary, un placer poder absolver su consulta. Para preparar su declaración de Impuesto a la Renta en el formulario 102A deberá de considerar sus gastos personales que fueron considerados en el formulario 107, sin embargo y en caso de tener otro tipo de ingreso gravado además del percibido por relación de dependencia, podría deducirse mas gastos personales siempre y cuando no sobre pasen los límites permitidos en el Reglamento.

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  46. estimado...se puede considerar gasto de vivienda las cuotas que pague para la compra de un departamento sin intervención bancaria,,,,,,y la compra de duchas, lamparas, pintura,cortinas para ese departamento como gasto de vivienda.
    yo estoy estudiando se puede considerar la flash memory como gasto de educación al ser un material didactico

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    1. Estimado Amigo (a), el artículo 34 del Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario señala: "Se considerarán gastos de vivienda, entre otros, los pagados por:

      1. Arriendo de un único inmueble usado para vivienda;

      2. Los intereses de préstamos hipotecarios otorgados por instituciones autorizadas, destinados a la ampliación, remodelación, restauración, adquisición o construcción, de una única vivienda. En este caso, serán pruebas suficientes los certificados conferidos por la institución que otorgó el crédito; o el débito respectivo reflejado en los estados de cuenta o libretas de ahorro"

      Este artículo establece claramente que son deducibles los intereses, y no las cuotas (capital + interés). Los gastos por compra de duchas, pintura, podría enmarcarse dentro de "entre otros" y podrían considerarse como deducibles. El flash memory no lo consideraría como tal, sin embargo dependerá del criterio del Servicio de Rentas Internas.

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  47. Buenos días estimados amigos, favor me podrian informar "mi padre tiene 70 años y tiene que declarar el impuesto a la renta año 2014, mi consulta es si para la declaración todavia existe la exoneración por tercera edad y si hay que cumplir algún requisito extra para tomarse esa exoneración del doble de la fracción basica o solo es ser mayor de 65 años. Les agradezco por su valiosa colaboración y ayuda.

    Saludos cordiales,

    Jorge

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    1. Estimado Jorge, muchas gracias por su consulta. La norma tributaria vigente establece que los contribuyentes de tercera edad para poder determinar su base imponible para el pago de impuesto a la renta, del total de sus ingresos se deberá deducir en dos veces la fracción básica desgravada.

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  48. Buenas noches tengo una póliza de acumulación cuyo interés ganado lo puse en la casilla 518 Rendimientos financieros, mi pregunta es si debo ingresar en la casilla 845 Retenciones en la fuente ya que vi que por los intereses que me pagan por la póliza me hacen una retención?

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  49. si una empresa tiene perdidas debe calcular anticipo del IR???
    y si tiene perdidas debe pagar IR???

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    1. Estimados Consultores Financieros, de acuerdo a lo que establece la norma tributaria vigente, el anticipo del impuesto a la renta para una empresa deberá de calcularse independientemente de si esta tiene utilidades o pérdidas.

      El impuesto a la renta causa sobre la utilidad gravable, es decir, puede que la empresa tenga pérdidas contables, sin embargo, al momento de realizar la conciliación tributaria la sociedad presenta una utilidad imponible de impuesto a la renta por gastos no deducibles, lo cual generaría un impuesto causado y probablemente un impuesto a pagar.

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  50. Buenos dias
    Estimados.

    Mi pregunta es si una persona natural obligada a llevar contabilidad son supera la base para el pago del impuesto a la renta tiene derecho a pagar utilidades a su s empleados trabajao en un agencia de aduanas

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    1. Estimado amigo (a), las personas naturales obligadas a llevar contabilidad están en la obligación de pagar a sus empleados en relación de dependencia las utilidades. Recordemos que las utilidades se calculan sobre la utilidad contable previo al cálculo del impuesto a la renta.

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  51. Buenas tardes, si son tan amables me pueden ayudar despejando la siguiente duda. ¿Si realizo un pago por mantenimiento de vehìculo debo hacer Retenciòn a la Fuente o no? y cuanto debo retener?

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    1. Estimado amigo, en caso de usted ser agente de retención estará en la obligación de retener en la fuente, y el porcentaje sería el 2%.

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  52. si estoy afiliado al RISE ¿tengo que declarar el impuesto a la renta?

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    1. Estimado amigo, los contribuyentes RISE no están en la obligación de presentar declaración de Impuesto a la Renta ni declaración de Impuesto al Valor Agregado (IVA).

      Este tipo de contribuyente pagará mensualmente una cuota fija que dependerá de la categoría, tipo de actividad y monto bruto de ingresos anuales.

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  53. BUENOS DÍAS
    ESTIMADOS

    Deseo saber si puedo sacar un RUC con las mismas Actividades Comerciales que mi esposo, porque quiero independizarme de el con mi negocio propio

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    1. Estimada amiga, la Ley de Registro Único de Contribuyentes (RUC) establece que están obligados a inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes todas las personas naturales que inicien o realicen actividades económicas en el país en forma permanente u ocasional.

      La ley no establece otra condición específica adicional para cumplir con este registro.

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  54. Hola buenos días estimados, les felicito por el aporte informativo que nos ofrecen, por otro lado tengo una duda como hago o es posible considerar el pago de liquidación de trabajadores como gasto el el balance del impuesto a la renta .

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    1. Estimado amigo (a), muchas gracias por sus felicitaciones. La liquidación a los trabajadores, de acuerdo a lo que establece el código laboral, y siempre que estos estén afiliados a Seguridad Social será considerado como gasto deducible.

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  55. soy una persona y mi liquidaron m descontaron el impuesto a la renta quiero saber si esta bien o estoy exonerada xq en lsas utilidades q m dieron no m descontaron y xq ahora si en mi liquidacion

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    1. Estimado amigo (a), la empresa procedió correctamente al descontar su impuesto a la renta al momento de realizarle la liquidación.

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  56. hola soy ingeniero civil el año 2015 facture 300800 dolares referente a actividades de ingenieria civil debo llevar contabilidad o no

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    1. Estimado amigo, los profesionales no están en la obligación de llevar contabilidad de acuerdo al artículo 19 de la Ley y 37 del Reglamento.

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  57. Tengo una consulta, si soy de la tercera edad y realice mi declaracion en cero y tome en cuenta q hay realizado compras y que habia emitido una factura eso ¿ me genera algun problema?

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    1. Estimado amigo (a), las personas naturales cuyos ingresos no superen la fracción básica desgravada del año en que se declara (2014 USD$ 10.410) no están en la obligación de presentar su declaración anual de Impuesto a la Renta de acuerdo al artículo 42 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.

      De igual forma, el artículo 49 del Reglamento prescribe que las personas de la tercera edad deberán de alcanzar en dos veces la fracción básica desgravada, es decir USD$ 20.820) para determinar su base y obligación para declarar el Impuesto a la Renta.

      Con base a lo explicado, usted no estaba en la obligación de presentar su declaración de impuesto durante ese ejercicio económico. En caso de haberlo realizado con valores en cero, recomiendo hacer la declaración sustitutiva consignando los valores correctos, a pesar de que no estaba en la obligación.

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  58. Estimados amigos, para la declaración del impuesto a la renta en lo referente a la deducción de Vivienda se puede considerar todos los rubros efectuados en la adquisición de materiales de construcción..?
    Agradezco su gentileza

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    1. Estimado amigo (a), el artículo 34 del Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, establece que como Gastos de Vivienda para efectos de gastos personales serán solo:

      1.- Los de arriendo de un único bien inmueble.
      2.- Los intereses de préstamos hipotecarios, y
      3.- Los impuestos prediales de un único bien inmueble en el cual se habite y que sea de su propiedad.

      Sin embargo, el mismo articulo utiliza las palabras "entre otros", lo que quedaría a múltiples interpretaciones, dentro de las cuales sería posible considerar a los materiales de construcción empleados para remodelar o ampliar el bien inmueble donde habite el contribuyente persona natural, como gasto de vivienda.

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  59. BUENAS TARDE SOY UNA PERSONA DE LA TERCERA EDAD ME RETUVIERON 8% POR ARRIENDOS PERO DESDE EL 2012 NO HE SOLICITADO LA DEVOLUCION DEL IR PARA SOLICITAR TENGO QUE HACER EL IMPUESTO A LA RENTA DE CADA AÑO LA PREGUNTA ES: TENGO QUE PAGAR MULTA ?

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    1. Estimado (a) amigo, la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y su Reglamento de Aplicación, en sus articulos 42 y 82 respectivamente, establecen que no están obligados a presentar su declaración de Impuesto a la Renta las personas naturales que tengan ingresos brutos gravados que no excedan de la fracción básica gravada.

      El artículo 9 de la Ley señala que los ingresos percibidos por las personas de la tercera edad y que no superen el doble de la fracción básica desgravada, serán considerados como ingresos exentos.

      Es decir, si durante estos años (2012, 2013 y 2014) sus ingresos no fueron superiores a USD$ 19.440,00, USD$ 20.360,00 y USD$ 10.820,00, estos ingresos eran considerados como ingresos exentos y por la tanto no estaba en la obligación de presentar su declaración de Impuesto a la Renta. En caso de que durante esos años, sus ingresos superaron estos montos, estos ingresos se constituirían como ingresos gravados y estaría en la obligación de presentar su declaración anual de Impuesto a la Renta.

      Esto dependerá también del ejercicio fiscal en que cumplió los 65 años. De ser el escenario de no estar en la obligación de presentar su declaración de Impuesto a la Renta, no debería pagar multa alguna porque no ha incumplido con lo prescrito en la ley, y su declaración exigida para reclamar su pago de impuesto en exceso no estaría declarada extemporáneamente.

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  60. Por favor acláreme esta duda:
    El impuesto que cobran los bancos sobre el interes que se gana en una póliza , puedo incluir en mis declaraciones de la devolución del IVA , pues soy una persona dela tercera edad.. Muchas gracias.
    E

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    1. Estimada Nube, el impuesto que las instituciones financieras cobran sobre los intereses por inversiones deberá de aplicarse al momento de realizar su declaración anual de Impuesto a la Renta en el mes de marzo para el caso de personas naturales, y no al momento de realizar sus declaraciones de IVA.

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  61. Felicitaciones por su blog. Mi consulta es la siguiente:
    Soy empleado con relación dependencia y ocasionalmente facturo con mi RUC por consultorias y honorarios profesionales. Para deducir gastos producto de mi actividad empresarial las facturas de pago pueden estar a mi nombre con cedula o RUC ?

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    1. Estimado amigo, muchas gracias por sus felicitaciones.

      Para efectos de deducir los gastos de su actividad empresarial, las facturas deberían de estar a su nombre con el número de RUC.

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  62. Buenas tardes me puede ayudar soy un trabajador no obligada a llevar contabilidad ganaba un sueldo de 354 en el año 2015 y en noviembre me liquidaron por la baja en el precio del petróleo pero obtuve una utilidad de 32.000 por las cargas familiares, la empresa me entrego el formulario 107 y los gastos deducibles estoy obligado a realizar el impuesto a la renta o que debo hacer

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    1. Estimado Sergio, el formulario 107 entregado por su ex-patrono sería su declaración de Impuesto a la Renta del año 2015, siempre y cuando, usted no tenga RUC y no haya desarrollado otro tipo de actividad empresarial o comercial.

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  63. Muy buenas haganme un favor mi esposa tiene ruc para un restaurante y yo estoy bajo relacion de dependencia.
    Las facturas de ella me sirven a mi y viceversa.
    Si ella en alimentacion tiene mas de del valor de la base para alimentos me sirve a mi el resto o todo?

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    1. Estimado amigo, si su esposa no desarrollara alguna actividad empresarial, las facturas emitidas a nombre de ella podrían servir para justificar sus gastos personales, sin embargo, al tener ella RUC debería de deducirse las facturas de compra de alimentos de sus ingresos empresariales.

      En caso de que ella tenga mas del valor permitido para deducir como gastos personales, y esas facturas estar a nombre de ella, no podrían ser utilizadas por usted.

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  64. Buenas noches,una pregunta trabajo en una empresa de ventas, estoy asegurado y me pagan sueldo y un valor por comisiones, pero me piden que facture el valor de comisiones, es eso legal? no se supone que eso debería ser considerado en el sueldo? Me retienen el 8% soy una persona natural no obligada a llevar contabilidad

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    1. Estimado amigo, las comisiones, así como bonos, sueldos, y horas extras forman parte de la materia gravada para Seguridad Social y deberán de ser consideradas al momento de realizar la aportación mensual.

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  65. Buenas tardes, requiero me ayuden con lo siguiente para los gastos personales me sirven las facturas de mi esposo?, el trabaja en relación de dependencia pero no supera la base para declarar gastos personales.
    Segundo tendré algún problema con el SRI, si al momento de revisar las facturas no llegan a la base que proyecte, es decir tengo menos valor de lo proyectado.

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    1. Estimada amiga, si ambos están en relación de dependencia, no podrán hacer uso de las facturas de gastos personales del otro contribuyente en relación de dependencia. En relación a su segunda consulta, si al reliquidar sus gastos personales, estos no llegan a lo proyectado, debería de realizar una declaración sustitutiva de impuesto a la renta a fin de establecer la correcta base imponible y determinar si causó o no causó impuesto.

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  66. Estimado.

    Por favor una consulta, los gastos de combustible(gasolina) me sirve para la devoluciòn del IVA de la tercera edad

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    1. Estimado Carlos, el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno (RALORTI) establece que los bienes y servicios de primera necesidad relacionados con movilidad y transporte, entre otros, podrán ser objeto de devolución del IVA para personas de tercera edad, siempre que estos no estén destinados a actividades comerciales.

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  67. Estimado
    Buen día por favor ayúdeme con una consulta trabajo en relación de dependencia y no presente mi proyección de gastos ahora la pregunta es lo puedo presentar en octubre o que puedo hacer.....

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    1. Estimada Jenny, si sus ingresos superan los USD$ 11.170,00 para el ejercicio fiscal 2016 es probable que tenga un impuesto a pagar. Al no haber presentado su proyección de gastos personales, su empleador descontará su impuesto a la renta mensualmente. Si es posible vea la posibilidad de presentar la proyección de gastos personales de forma extemporánea, caso contrario le tocará presentar en los meses de julio o agosto una nueva proyección de gastos personales.

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    2. Muy agradecida por sus comentarios otra consulta la proyeccion de gastos personales sera que puedo presentarla en el SRI, porque en la empresa el plazo de entrega de esa proyeccion fue hasta el 31 de enero...

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    3. Estimada Jenny, la Administración Tributaria no receptará la proyección de gastos personales de los empleados en relación de dependencia debido a que el hacerlo es potestad exclusiva del empleador como agente de retención.

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  68. Buenas noches recibi un mail en el cual me indica que debo pagar el impuesto a la renta, yo adquiri un departamento y me sale el valoro exacto del departamento que debo hacer si no tengo Ruc y page de contado por favor necesito información.

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    1. Estimada Ani, es probable que el correo electrónico que recibió por parte del SRI sea debido al cruce de información que tiene con las instituciones bancarias.

      Es importante aclarar que el impuesto a la renta recae sobre la generación de una renta o utilidad, lo que no aplicaría en su caso y bajo el escenario que menciona. En caso que durante el año 2015 usted haya percibido ingresos, ya sean estos en relación de dependencia o por alguna actividad profesional o empresarial, que superen los USD$ 10.800,00 estará en la obligación de realizar su declaración de impuesto a la renta anual, caso contrario no.

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  69. BUEN DIA POR FAVOR AYUDEME DESPEJANDO UNA DUDA SOY UNA PERSONA NATURAL NO OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD CON ACTIVIDAD ECONOMICA DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS MI PREGUNTA ES _ EL PAGO DE CUOTAS MENSUALES A LA CASA COMERCIAL DONDE COMPRE MI VEHICULO A CREDITO PUEDO USAR COMO GASTO DEDUCIBLE PARA EL PAGO DE IMPUESTO A LA RENTA.
    DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS POR LA ATENCION PRESTADA

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    1. Estimado amigo (a), lo único que podrá utilizar como gasto deducible a efectos de liquidar su impuesto a la renta serán los intereses generados por el préstamo comercial, y no la cuota completa (capital + interés).

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  70. Buenas tardes,
    Mi proyección de gastos para el año en curso es de $6.200, siendo los gastos por cada rubro: $600 vivienda, $600 salud, educación $600, vestimenta $2.400, alimentación $2.000; cuando mis ingresos no superarían los $14.400; ¿qué sucede si me excedo considerablemente en cada uno de esos rubros según en la proyección? ¿que tendría que hacer? ¿tendría que pagar alguna multa?
    De antemano, muchas gracias.

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    1. Estimado amigo (a), en caso de que se exceda de los límites permitidos por la normativa tributaria deberá de realizar una reliquidación de su impuesto a la renta ya que al momento de presentar ante la Administración Tributaria el anexo de gastos personales, este no coincidirá con los gastos reportados por su empleador en el formulario 107 (en caso de estar en relación de dependencia).

      El haber reportado gastos personales inferiores a los que tendría derecho, se entiende que usted pagó mas impuesto de lo que realmente tendría obligación. Haciendo esta reliquidación podría determinar el valor que pagó en exceso y, de creerlo necesario, podría solicitar la devolución de lo pagado en exceso.

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  71. Buenas tardes, mi pregunta es si en el formulario 104A se declaran las retenciones del IVA ; entonces en el formulario 102 se deberia declarar únicamente las retenciones del impuesto a la renta?
    Gracias por su respuesta

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    1. Estimado amigo (a), es correcto. Las retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta e ISD deberán de considerarse al momento de realizar la declaración anual en el formulario 102.

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  72. Buenas tardes, tengo la actividad de prestación de servicio de transporte público escolar e institucional, como es un servicio gravado con tarifa 0% realizo las declaraciones de IVA que me corresponde en forma semestral (según indica en el RUC es la única declaración que debo hacer); pero generalmente cuando presto mi servicio a alguna empresa, ésta me emite un comprobante de retención tanto de IVA como de Impuesto a la Renta; la retención del IVA entiendo que debo declarar al momento de realizar mi declaración semestral; pero mi pregunta es ¿en qué momento realizo la declaración de las retenciones de impuesto a la renta que me efectuaron?, ¿o debo realizar necesariamente una declaración de impuesto a la renta aún cuando según el SRI en mi caso no corresponde?
    Agradecería su respuesta..
    saludos

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    1. Estimado amigo, las retenciones en la fuente de impuesto a la renta se deben de aplicar cuando haga su declaración que impuesto a la renta anual. En caso de que tenga impuesto a pagar las retenciones se descontarán de este valor. Si no tiene impuesto a pagar tendrá a su favor el total retenido.

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  73. buenas noches tengo una consulta si mi esposo y yo somos contribuyentes y facturamos como servicios profesionales como hacemos con losgastos pesrsonales? que le sirve a quien y que hacemos con los hijos para regstrarlos como dependientes ambos es registramos?nos registramos todos?

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    1. Estimada amiga, por tratarse de sujetos pasivos distintos (ud y su esposo) cada uno podrá hacer uso de sus gastos personales para deducirlos al momento de liquidar su Impuesto a la Renta, siempre que cada gasto (comprobante de venta) distinga o identifique a cada uno de ustedes.

      Los hijos dependientes podrán registrarlos ambos, y usar los gastos personales cuyos comprobantes de venta estén a nombre de ellos, hasta el límite máximo permitido por el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.

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  74. Buenas nochesq
    Tengo una consulta, soy persona natural no obligada a llevar contabilidad, tengo una actividad de cultivo de arroz, deseo adquirir un vehiculo que me va a servir para ir a la propieda, este gasto es deducible para impuesto a la renta? Ademas Puedo colocarlo en el formulario 104a en el casillero de otras adquisiones incluye activos fijos?
    Gracias por su respuesta

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    1. Estimado Vicmar, todos los gastos que se efectúen para obtener, mantener y mejorar los ingresos de fuente ecuatoriana pueden deducirse para el impuesto a la renta, siempre y cuando, cumplan con lo que establece la ley y su reglamento.

      En su caso, siempre que el vehículo sirva para mejorar, obtener y mejorar sus ingresos y dicha adquisición esté debidamente respaldada con comprobantes de venta válidos, podría esta adquisición ser considerado como gasto deducible.

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  75. Buenas noches una consulta
    Si tengo ruc hasta julio y facture 30000 , pero me cambie a RISE y ya he entregado notas de venta por 10000, la consulta es si tengo q declarar el impuesto a la renta? Si es asi, tengo q declarar solo lo q facture con ruc, o coloco ambos ingresos del ruc y rise

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    1. Estimado Vicmar, al haber cambiado de régimen general a régimen simplificado (RISE) ya no está en la obligación de cumplir con los deberes formales y obligaciones tributarias exigidos para este régimen, sin embargo, deberá de realizar su declaración de impuesto anual de renta con corte al mes de julio, fecha en la cual cambió de régimen.

      Al momento de realizar la declaración de impuesto a la renta considerará únicamente los ingresos percibidos bajo el régimen general, ya que los contribuyentes inscritos bajo el régimen simplificado no tienen la obligación de presentar declaraciones de IVA, impuesto a la renta, ni pagar el anticipo del impuesto a la renta.

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  76. Muchas gracias por su respuesta.
    Si el vehículo que voy a adquirir para uso de la actividad es usado, el contrato compra venta es un documento 'valido que sustente el gasto?
    Gracias

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    1. Si el vehículo lo vende una sociedad deberá de emitir una factura de venta. En caso que lo realice un persona natural no obligada a llevar contabilidad bastará con un contrato de compra y venta debidamente registrado ante un notario.

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BURO TRIBUTARIO

BURO TRIBUTARIO