En el Suplemento del Registro Oficial No. 347 del 15 de Octubre 2018 se publicó la Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000410 en la cual se expide el Procedimiento para que los Sujetos Pasivos autoricen en línea la ejecución de sus trámites a terceras personas siendo este el único canal con el cual se pueda autorizar a terceras personas, salvo en los casos en los que se cuente con poder legalmente otorgado.
Para poder autorizar a terceras personas la ejecución de trámites o el acceso a servicios, el sujeto pasivo previamente deberá firmar el acuerdo de responsabilidad y uso de medios electrónicos aprobado para el efecto, en el que se aceptará todas las condiciones relacionadas a la utilización de “Claves de Usuario” y de la tecnología a utilizarse.
Los contribuyentes que requieran autorizar a terceras personas la realización de trámites a su nombre, deberán acceder al portal web institucional www.sri.gob.ec y seguir las especificaciones técnicas que para el efecto establezca el Servicio de Rentas Internas.
Quienes mantengan suscrito el acuerdo de responsabilidad y uso de medios electrónicos, no requerirán volver a firmar dicho acuerdo, siendo necesaria la única aceptación de las condiciones establecidas en el portal web institucional.
Lo establecido en la presente resolución será aplicable a partir del momento en el cual Servicio de Rentas Internas implemente los mecanismos tecnológicos necesarios dentro del primer trimestre del ejercicio fiscal 2019.
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