El Director General del Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000023 publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 937 del 03 de febrero del 2017 mediante la cual se establecieron los requisitos para la inscripción, actualización, y suspensión / cancelación del Registro Único de Contribuyentes (RUC) para personas naturales y sociedades.
Previa a la inscripción se deberá de presentar documentación adicional acorde al tipo de actividad económico o característica del contribuyente. Los contribuyentes personas naturales que deberán de presentar información adicional son:
- Artesanos,
- Contadores Profesionales,
- Contadores Bachilleres,
- Diplomático,
- Profesionales,
- Guarderías / Centro de Desarrollo Infantil,
- Actividades de Centros Educativos,
- Menores No Emancipados,
- Menores Emancipados,
- Notarios, y
- Transportistas.
Para el caso de contribuyentes sociedades según su tipo, se deberá de presentar lo siguiente:
- Bajo control de la Superintendencia de Compañías, Sucursales Extranjeras,
- Bajo control de la Superintendencia de Bancos,
- Civiles y Comerciales o Civiles y Mercantiles,
- Civiles de hecho, patrimonios independientes o autónomos con o sin personalidad jurídica, contrato de cuentas de participación, consorcio de empresas,
- Empresas Unipersonales,
- Organizaciones Sin Fines de Lucro y bajo el control de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS),
- Sector Público y Empresas Públicas,
- Condominios,
- Embajadas,
- Juntas Administradoras de Agua,
- Compañías Tenedoras de Acciones o Holding,
- Cajas de Ahorros, Cooperativas y Bancos Comunitarios,
- Fideicomisos Mercantiles, Fondos Provisionales, y Fondos de Inversión,
- Establecimiento Permanente,
- Sociedad Extranjera no domiciliada en Ecuador,
- Ligas Deportivas Barriales,
- Partidos y Movimientos Políticos,
- Campañas Electorales,
- Fondos Complementarios Previsionales,
- Convenios Internacionales,
- Sucesiones Indivisas, y
- Organizaciones No Gubernamentales (ONG).
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