viernes, marzo 11, 2011

IMPORTANTE - NOVENOS DÍGITOS DEL RUC 1 Y 2 DECLARAN IMPUESTOS HASTA EL 31 DE MARZO

Debido a inconvenientes registrados en el sistema de declaraciones del SRI, los sujetos pasivos cuyo noveno dígito del RUC es 1 y 2 no podrán realizar sus declaraciones con normalidad desde el 10 hasta el 12 de marzo, por lo que la Administración Tributaria extendió para este grupo hasta el 31 de marzo el plazo de declaración de los siguientes impuestos:

  • Declaración del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al período febrero de 2011
  • Declaración de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta y del Impuesto a los Consumos Especiales correspondientes al período febrero de 2011
  • Declaración del Impuesto a la Renta del período 2010.
  • Declaración Patrimonial del período 2011.
  • Anexos correspondientes a enero de 2011.
Estas declaraciones no generarán multas ni intereses de ningún tipo.

Cabe resaltar que el calendario de pagos para los contribuyentes con noveno dígito de RUC desde el 3 hasta el 0 se mantiene, por lo que deben realizar sus declaraciones con normalidad de acuerdo a las siguientes fechas.


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BURO TRIBUTARIO

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