lunes, octubre 17, 2011

DISPÓNESE A LA UNIDAD DE TÉCNICA LEGISLATIVA LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE CODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO



ASAMBLEA NACIONAL
EL PLENO
CONSIDERANDO:

Que, son funciones y atribuciones constitucionales y legales de la Asamblea Nacional expedir, codificar, reformar y derogar las leyes e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio;
Que, el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa dispone:

“Artículo 31.- Codificación por la Unidad de Técnica Legislativa.- Por decisión expresa del Pleno de la Asamblea Nacional, la Unidad de Técnica Legislativa podrá preparar proyectos de codificación de diversas leyes, que serán puestos a conocimiento de la respectiva comisión especializada permanente para que ésta realice el informe correspondiente en un plazo máximo de sesenta días.

El Pleno de la Asamblea Nacional, en un solo debate, que se realizará al menos treinta días después de distribuido el informe, y con votación de la mayoría absoluta de sus miembros aprobará o negará el proyecto de codificación. Si se aprueba, la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional ordenará su inmediata publicación en el Registro Oficial.”;

Que, como resultado del diseño y elaboración del Plan Legislativo 2010-2013 de la Asamblea Nacional se pudo constatar que la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno es una de las leyes que han sido objeto del mayor número de reformas, en la última década;

Que, es necesario sistematizar y racionalizar la normativa vigente en esta materia, a fin de favorecer su adecuado conocimiento, comprensión y aplicación; y,

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales,

RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer a la Unidad de Técnica Legislativa la elaboración del Proyecto de Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.

Artículo 2.- Asignar a la Comisión Especializada Permanente del Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control para que una vez presentado el Proyecto de Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno por la Unidad de Técnica Legislativa, lo tramite de conformidad con el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, a los ocho días del mes de septiembre de dos mil once.

FUENTE: REGISTRO OFICIAL 542, 26 SEPTIEMBRE 2011

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BURO TRIBUTARIO

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