miércoles, diciembre 28, 2011

LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONÓMICO 2012, SE MODIFICAN LOS VALORES DE LA TABLA VIGENTE PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2011

Resolución NAC-DGERCGC11-00437

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

Considerando:




Que de conformidad con el literal a) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno, los rangos de la tabla establecida - en el mismo literal - para liquidar el impuesto a la renta de las personas naturales y de las sucesiones indivisas serán actualizados conforme la variación anual del Índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de noviembre de cada año, ajuste que incluirá la modificación del impuesto sobre la fracción básica de cada rango. La tabla así actualizada tendrá vigencia para el siguiente año;

Que de conformidad con el literal d) del artículo 36 ibídem, los rangos de la tabla establecida - en el mismo literal - para liquidar el impuesto a la renta sobre los ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones, serán actualizados conforme la variación anual del Índice de Precios del Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de noviembre de cada año, ajuste que incluirá la modificación del impuesto sobre la fracción básica de cada rango. La tabla así actualizada tendrá vigencia para el siguiente año;

Que el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) es el organismo técnico que tiene a su cargo la preparación y difusión del Índice de Precios al Consumidor de Área Urbana;

Que el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) dictó que la variación anual del Índice de Precios del Consumidor de Área Urbana al 30 de noviembre del 2011, es de 5.53%;

Que de conformidad con el artículo 8 de la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, el Director General del Servicio de Rentas Internas expedirá, mediante resoluciones, circulares o disposiciones de carácter general y obligatorio, necesarias para la aplicación de las normas legales y reglamentarias; y,

En uso de las facultades legales,


Resuelve:


Art. 1.- Para la liquidación del impuesto a la renta de las personas naturales y sucesiones indivisas correspondientes al ejercicio económico 2012, se modifican los valores de la tabla vigente para el ejercicio económico 2011, conforme el artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno, en base a la variación anual del Índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de noviembre del 2011.

Art. 2.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, los rangos de la tabla prevista en el literal a) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno serán los siguientes, mismos que regirán para los ingresos percibidos por personas naturales y sucesiones indivisas, a partir del 1 de enero del 2012:





Art. 3.- Para la liquidación del impuesto a la renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones correspondientes al ejercicio económico 2012, se modifican los valores de la tabla vigente para el ejercicio económico 2011, conforme el artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno, en base a la variación anual del Índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de noviembre del 2011.

Art. 4.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, los rangos de la tabla prevista en el literal d) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno serán los siguientes, mismos que se regirán para los ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones, a partir del 1 de enero del 2012:






Art. 5.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2012, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.


FUENTE: REGISTRO OFICIAL 606 28 DICIEMBRE DEL 2011

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