martes, marzo 27, 2018

INSTRUCTIVO DEL PROCEDIMIENTO PARA EL CAMBIO DEL DOMICILIO SOCIAL DE UNA COMPAÑÍA EXTRANJERA AL TERRITORIO ECUATORIANO


La Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía, Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera, publicada en el Registro Oficial No. 150 del 29 de Diciembre del 2017, se reformó la Ley de Compañías agregando los artículos 419 A y 419 B, que permiten a una sociedad constituida y con domicilio en él extranjero, siempre que la ley no lo prohíba, cambiar su domicilio al Ecuador, conservando su personalidad jurídica y adecuando sus estatutos a la forma societaria que decida asumir en el país.

En el Suplemento del Registro Oficial No. 179 del 9 de febrero del 2018 se publicó el Instructivo No. SCVS-INC-DNCDN-2018-0003 mediante el cual se expide el Procedimiento para el cambio del Domicilio Social de una Compañía Extranjera al territorio ecuatoriano.

El objeto del referido instructivo es describir el procedimiento administrativo que deben de seguir las compañías constituidas y domiciliadas en el extranjero, siempre que la ley no lo prohíba, para formalizar el cambio de su domicilio social al Ecuador, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 419 A y 419 B de la Ley de Compañías.  Las compañías extranjeras que formalicen su domiciliación en el Ecuador, conservarán su personalidad jurídica, debiendo adecuar su pacto social y estatutos a la especie de compañía que decida asumir en el país. Para tales efectos, deberán demostrar la cancelación o extinción de la sociedad en el país de origen.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

BURO TRIBUTARIO

BURO TRIBUTARIO