lunes, febrero 20, 2012

¿NECESITAMOS LOS ECUATORIANOS TANTOS IMPUESTOS?


  
Desde el año 2007, año en que el economista Rafael Correa Delgado llego al poder, hasta la actualidad, el Ecuador ha tenido nueve reformas tributarias y al ritmo que vamos no sería extraño que antes de las próximas elecciones programadas para el año 2013 nos veamos sacudidos por otra reforma tributaria más.

La última reforma tributaria es la “Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado” que entro en vigencia según Decreto – Ley y fue publicada en el Suplemento del Registro Oficial # 583 del 24 de noviembre del 2011, donde se priorizan tributos que gravan externalidades negativas como es la contaminación al medio ambiente.

Pero cabe la siguiente pregunta: ¿Necesitamos los ecuatorianos tantos impuestos?  Para poder contestar esta interrogante me gustaría primeramente remitirme al pasado y hacer un poco de historia.

Los impuestos datan de la época de los egipcios.  En aquella época los recaudadores de impuestos egipcios, conocidos como escribas, recaudaban un impuesto sobre el aceite de cocina.  Para asegurarse de que los ciudadanos no estaban burlando el impuesto, los escribas auditaban las cantidades apropiadas de aceite de cocina que eran consumidas, y que los ciudadanos no estaban usando residuos generados por otros procesos  de cocina como sustitutos para el aceite gravado. 

Los primeros impuestos en Roma fueron derechos de aduana de importación y exportación llamados portoria.

César Augusto fue considerado por muchos como el más brillante estratega fiscal del Imperio Romano.  Durante su gobierno como “Primer Ciudadano”, los publicanos fueron virtualmente eliminados como recaudadores de impuestos por el gobierno central.

Durante este período se dio a las ciudades la responsabilidad de recaudar impuestos.  César Augusto instituyó un impuesto sobre la herencia a fin de proveer fondos de retiro para los militares.  El impuesto era de 5% para todas las herencias, exceptuando donaciones para hijos y esposas.

Durante el tiempo de Julio César se impuso un impuesto de un uno por ciento sobre las ventas. Durante el tiempo de César Augusto el impuesto sobre las ventas era de un 4% y de un 1% para todo lo demás.

La historia de los impuestos en el Ecuador es extensa, pero podríamos únicamente basarnos en los últimos 4 años donde la carga tributaria ha ido en ascenso.

Primeramente con la ley reformada por la “Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador” publicada en el tercer Suplemento del Registro Oficial # 242 del 29 de diciembre de 2007.  Los impuestos que gravan a determinados bienes como los perfumes, no pagaban ICE hasta el año 2007. A partir de enero del 2008 pagan un porcentaje que se aplica sobre el precio de fábrica o de importación.  La tarifa por el ICE, es variable y fluctúa entre el 5 y el 300%,  dependiendo del tipo de producto y su precio en el mercado nacional. En el nivel más alto están las armas de fuego, armas deportivas y municiones; mientras que el más bajo se ubican los automóviles. 

Los mayores cambios en las tasas impositivas están dados sobre bienes gravados con el ICE, la variación de sus tasas y la inclusión de nuevos bienes pretenden obtener recursos de productos que en su mayoría no son de consumo masivo.  La Ley de Equidad Tributaria eliminó el ICE a los servicios de telecomunicaciones, el 15% que se destinaba a los municipios, para obras de agua potable, al deporte, para maternidad gratuita y atención a la infancia; ahora el Gobierno entregará estos recursos necesarios vía Presupuesto General del Estado. 

También la Ley de Equidad fija límites al endeudamiento exterior y cambia el cálculo del anticipo del IR para las sociedades.  

Se implanta el Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE), como una nueva modalidad para tributar el IVA e IR; a personas naturales que desarrollen actividades: de producción, comercialización y transferencias de bienes o prestación de servicios a consumidores finales, siempre que los ingresos brutos no superen un monto anual.

También se estableció el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) Las transferencias al exterior tributarán el 0.5%, aplicándose sobre el valor de  todas las operaciones y transacciones monetarias al exterior.  El Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), buscaba primeramente evitar la fuga de capital al extranjero y a la vez incentivar a los inversionistas para que repatrien sus flujos de efectivo al Ecuador.

Luego de esta reforma fiscal, ha habido algunas reformas a la Ley de Régimen Tributario Interno, al Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno hasta finalmente crear la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de Ingresos del Estado.

En esta Ley que entro vía decreto, se creó un impuesto a la contaminación vehicular, impuesto ambiental a las botellas plásticas no retornables, además de modificar el IVA e ICE a los vehículos híbridos, ICE a las bebidas alcohólicas y cigarrillos, entre otros.

Un indicador importante para determinar qué tan elevada es la contribución fiscal de las empresas y demás contribuyentes es la carga tributaria.

La carga tributaria es la relación que existe entre el impuesto de renta, por ejemplo, que paga un contribuyente y el total de ingresos netos de este. 

La carga tributaria no es la misma en todos los sectores, puesto que algunos tienen beneficios tributarios, y otros, por tener costos y deducciones más elevados, pueden pagar un menor impuesto aunque sus ingresos sean elevados; es por ello que este indicador es de vital importancia a la hora de sectorizar posibles alivios o agravamientos tributarios.

Esto desde el punto de vista individual de cada contribuyente, puesto que la carga tributaria también se determina respecto a la economía global de cada país, caso en el cual corresponde a la relación resultante entre los ingresos fiscales frente al Producto Interno Bruto (PIB) del país.

En una última publicación sobre Estadísticas Tributarias en America Latina realizada en conjunto por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas (CEPAL), el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), y la OCDE (Centro de Política y Administración Tributaria y Centro de Desarrollo) a 12 países de America Latina y el caribe entre 1990 – 2009, la diferencia entre la carga tributaria promedio de la OCDE y la de los 12 países de ALC se redujo en 4 puntos porcentuales entre 1990 y 2009.

En 2009, en America Latina, Brasil tuvo el mayor ratio (32,6%), seguido por Argentina (31,4%).  Guatemala tuvo el ratio más bajo (12,2%) seguido por República Dominicana (13,1%) y El Salvador y Venezuela (ambos con un 14,4%).

Según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), hasta el 2010 la presión tributaria ecuatoriana (incluidas las contribuciones a la seguridad social) llegó a un 19,7% del Producto Interno Bruto (PIB), uno de los indicadores más elevados de América Latina. 

Es así que esta cifra de recaudación tributaria está entre las catorce más elevadas de los 33 países de Latinoamérica y el Caribe y la cuarta más alta de Sudamérica, solo superada por los indicadores de Uruguay, Brasil y Argentina.

En los últimos años, las recaudaciones tributarias juntas con el precio del petróleo han sido un pilar fundamental para el presupuesto del estado, sin embargo seguimos estando con un porcentaje elevado de inflación para un país con una economía dolarizada.

Es evidente que el gobierno central lo que busca es poder seguir financiando el excesivo gasto corriente debido al crecimiento de la burocracia ecuatoriana por medio de establecer mayores cargas impositivas, en lugar de buscar mayor eficiencia en la administración de los recursos del estado.

La creación de más impuestos genera más confusión al contribuyente, la creación de más impuestos genera más inestabilidad jurídica, la creación de más impuestos genera una mayor evasión y fraude fiscal.  El Maestro Emilio Margain, en su obra “Introducción al Estudio del Derecho Tributario Mexicano” considera a la evasión como “sustracción ilegal al pago” 


Finalmente quienes terminan pagando todo ese costo social y fiscal producto de un manejo no óptimo de los recursos del estado son los contribuyentes y los ecuatorianos en general.


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BURO TRIBUTARIO

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