Desde el año 2007, año
en que el economista Rafael Correa Delgado llego al poder, hasta la actualidad,
el Ecuador ha tenido nueve reformas tributarias y al ritmo que vamos no sería
extraño que antes de las próximas elecciones programadas para el año 2013 nos
veamos sacudidos por otra reforma tributaria más.
La última reforma
tributaria es la “Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del
Estado” que entro en vigencia según Decreto – Ley y fue publicada en el Suplemento
del Registro Oficial # 583 del 24 de noviembre del 2011, donde se priorizan
tributos que gravan externalidades negativas como es la contaminación al medio
ambiente.
Pero cabe la
siguiente pregunta: ¿Necesitamos los ecuatorianos tantos impuestos? Para poder contestar esta interrogante me
gustaría primeramente remitirme al pasado y hacer un poco de historia.
Los impuestos datan
de la época de los egipcios. En aquella época
los recaudadores de impuestos egipcios, conocidos como escribas, recaudaban un
impuesto sobre el aceite de cocina. Para asegurarse de que los ciudadanos no estaban burlando el
impuesto, los escribas auditaban las cantidades apropiadas de aceite de cocina
que eran consumidas, y que los ciudadanos no estaban usando residuos generados
por otros procesos de cocina como sustitutos para el aceite gravado.
Los primeros
impuestos en Roma fueron derechos de aduana de importación y exportación
llamados portoria.
César
Augusto fue considerado por muchos como el más brillante estratega fiscal del
Imperio Romano. Durante su gobierno como “Primer Ciudadano”, los
publicanos fueron virtualmente eliminados como recaudadores de impuestos por el
gobierno central.
Durante este
período se dio a las ciudades la responsabilidad de recaudar impuestos.
César Augusto instituyó un impuesto sobre la herencia a fin de proveer fondos
de retiro para los militares. El impuesto era de 5% para todas las
herencias, exceptuando donaciones para hijos y esposas.
Durante el
tiempo de Julio César se impuso un impuesto de un uno por ciento sobre las
ventas. Durante el tiempo de César Augusto el impuesto sobre las ventas era de
un 4% y de un 1% para todo lo demás.
La
historia de los impuestos en el Ecuador es extensa, pero podríamos únicamente basarnos
en los últimos 4 años donde la carga tributaria ha ido en ascenso.
Primeramente
con la ley reformada por la “Ley Reformatoria
para la Equidad Tributaria en el Ecuador” publicada en el tercer Suplemento del
Registro Oficial # 242 del 29 de diciembre de 2007. Los
impuestos que gravan a determinados bienes como los perfumes, no pagaban ICE
hasta el año 2007. A partir de enero del 2008 pagan un porcentaje que se aplica
sobre el precio de fábrica o de importación. La tarifa por el ICE, es variable y fluctúa
entre el 5 y el 300%, dependiendo del
tipo de producto y su precio en el mercado nacional. En el nivel más alto están
las armas de fuego, armas deportivas y municiones; mientras que el más bajo se
ubican los automóviles.
Los
mayores cambios en las tasas impositivas están dados sobre bienes gravados con
el ICE, la variación de sus tasas y la inclusión de nuevos bienes pretenden
obtener recursos de productos que en su mayoría no son de consumo masivo. La Ley de Equidad Tributaria eliminó el ICE a
los servicios de telecomunicaciones, el 15% que se destinaba a los municipios,
para obras de agua potable, al deporte, para maternidad gratuita y atención a
la infancia; ahora el Gobierno entregará estos recursos necesarios vía
Presupuesto General del Estado.
También
la Ley de Equidad fija límites al endeudamiento exterior y cambia el cálculo
del anticipo del IR para las sociedades.
Se
implanta el Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE), como una nueva
modalidad para tributar el IVA e IR; a personas naturales que desarrollen
actividades: de producción, comercialización y transferencias de bienes o
prestación de servicios a consumidores finales, siempre que los ingresos brutos
no superen un monto anual.
También
se estableció el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) Las transferencias al
exterior tributarán el 0.5%, aplicándose sobre el valor de todas las operaciones y transacciones monetarias
al exterior. El Impuesto a la Salida de
Divisas (ISD), buscaba primeramente evitar la fuga de capital al extranjero y a
la vez incentivar a los inversionistas para que repatrien sus flujos de
efectivo al Ecuador.
Luego
de esta reforma fiscal, ha habido algunas reformas a la Ley de Régimen
Tributario Interno, al Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen
Tributario Interno hasta finalmente crear la Ley de Fomento Ambiental y Optimización
de Ingresos del Estado.
En
esta Ley que entro vía decreto, se creó un impuesto a la contaminación vehicular,
impuesto ambiental a las botellas plásticas no retornables, además de modificar
el IVA e ICE a los vehículos híbridos, ICE a las bebidas alcohólicas y cigarrillos,
entre otros.
Un indicador importante para determinar qué tan
elevada es la contribución fiscal de las empresas y demás contribuyentes es la carga tributaria.
La carga tributaria es la relación que existe entre el impuesto de
renta, por ejemplo, que paga un contribuyente y el total de ingresos netos de
este.
La carga tributaria no es
la misma en todos los sectores, puesto que algunos tienen beneficios
tributarios, y otros, por tener costos y deducciones más elevados, pueden pagar
un menor impuesto aunque sus ingresos sean elevados; es por ello que este
indicador es de vital importancia a la hora de sectorizar posibles alivios o
agravamientos tributarios.
Esto desde el punto de vista individual de cada contribuyente,
puesto que la carga tributaria también se determina respecto a la economía
global de cada país, caso en el cual corresponde a la relación resultante entre
los ingresos fiscales frente al Producto Interno Bruto (PIB) del país.
En
una última publicación sobre Estadísticas Tributarias en America Latina
realizada en conjunto por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe
de las Naciones Unidas (CEPAL), el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias
(CIAT), y la OCDE (Centro de Política y Administración Tributaria y Centro de
Desarrollo) a 12 países de America Latina y el caribe entre 1990 – 2009, la
diferencia entre la carga tributaria promedio de la OCDE y la de los 12 países
de ALC se redujo en 4 puntos porcentuales entre 1990 y 2009.
En
2009, en America Latina, Brasil tuvo el mayor ratio (32,6%), seguido por
Argentina (31,4%). Guatemala tuvo el
ratio más bajo (12,2%) seguido por República Dominicana (13,1%) y El Salvador y
Venezuela (ambos con un 14,4%).
Según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL),
hasta el 2010 la presión tributaria ecuatoriana (incluidas las contribuciones a
la seguridad social) llegó a un 19,7% del Producto Interno Bruto (PIB), uno de
los indicadores más elevados de América Latina.
Es así que esta cifra de recaudación tributaria está entre las catorce
más elevadas de los 33 países de Latinoamérica y el Caribe y la cuarta más alta
de Sudamérica, solo superada por los indicadores de Uruguay, Brasil y Argentina.
En
los últimos años, las recaudaciones tributarias juntas con el precio del petróleo
han sido un pilar fundamental para el presupuesto del estado, sin embargo
seguimos estando con un porcentaje elevado de inflación para un país con una economía
dolarizada.
Es
evidente que el gobierno central lo que busca es poder seguir financiando el excesivo
gasto corriente debido al crecimiento de la burocracia ecuatoriana por medio de
establecer mayores cargas impositivas, en lugar de buscar mayor eficiencia en
la administración de los recursos del estado.
La
creación de más impuestos genera más confusión al contribuyente, la creación de
más impuestos genera más inestabilidad jurídica, la creación de más impuestos
genera una mayor evasión y fraude fiscal.
El Maestro Emilio Margain, en su obra “Introducción al Estudio del
Derecho Tributario Mexicano” considera a la evasión como “sustracción ilegal al
pago”
Finalmente
quienes terminan pagando todo ese costo social y fiscal producto de un manejo
no óptimo de los recursos del estado son los contribuyentes y los ecuatorianos
en general.
No hay comentarios:
Publicar un comentario