miércoles, julio 18, 2012

TASA DE INTERÉS POR MORA TRIBUTARIA DE JULIO A SEPTIEMBRE DEL 2012


De acuerdo con lo previsto en el artículo 21 del Código Tributario Codificado y en el artículo 1 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, en el que se establece que el interés anual por obligación tributaria no satisfecha equivaldrá a 1.5 veces la tasa activa referencial para noventa días determinada por el Banco Central del Ecuador, la tasa mensual de interés por mora tributaria a aplicarse en el período Julio - Septiembre de 2012 es la siguiente:

Período de vigencia: 1 de Julio de 2012 – 30 de Septiembre de 2012
Tasa:                             1,021%

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BURO TRIBUTARIO

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